Firmé un contrato y ahora me he arrepentido
Preguntas Frecuentes
La inmensa mayoría de las empresas comercializadoras de tiempo compartido o multipropiedad (aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles) utilizan estrategias legales para que una vez haya firmado en caliente sea dificil poder rescindir ese contrato. La ley da diez días de plazo para romper ese compromiso sin penalización alguna y sin dar ningún tipo de explicación.
En cualquier caso, puede que en su caso el contrato no cumpla extrictamente con lo que marca la ley 04/98 al respecto y al no cumplir con el plazo vacacional mínimo (36 meses) pueden alegar que no se trata de ese producto.
También es posible que haya agotado dicho plazo o que no haya presentado su intención en tiempo y forma. Nos hemos encontrado con casos donde aún el cliente habiendo mostrado verbalmente su negativa a continuar adelante con la operación, la empresa ha negado este extremo y ha considerado el plazo agotado.
Aún así, creemos que en la mayoría de los casos, por defecto legal o por la existencia de cláusulas abusivas podemos igualmente rescindir el compromiso del cliente.
Por tanto , si este es su caso, contacte con nosotros a la mayor brevedad y le asesoraremos en las pautas que debe seguir para la rescisión definitiva de ese contrato.